MADRID, 10 (SERVIMEDIA)
La Corte Permanente de Arbitraje de La Haya (CPA) notificó este miércoles el laudo sobre el procedimiento arbitral iniciado por Antonio del Valle y otros inversores frente al Reino de España en relación al proceso de resolución de Banco Popular en el año 2017, en el que desestima todas las pretensiones de los demandantes, según informó el Gobierno.
«En el procedimiento arbitral iniciado frente al Reino de España al amparo del Acuerdo de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino de España, España ha obtenido un laudo favorable. El laudo rechaza todas las pretensiones de los demandantes y confirma que la actuación llevada a cabo por el Banco de Central Europeo (BCE) y la Junta Única de Resolución (JUR) fue acertada y legal, condenando en costas a los demandantes», señalaron desde el Ministerio de Asuntos Económicos en un comunicado.
Cabe recordar que en junio de 2017, el BCE declaró inviable al Banco Popular. Entonces, el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), al amparo del Mecanismo Único de Resolución de la Unión Europea (MUR), procedió a ejecutar la decisión adoptada por la autoridad de resolución competente, la Junta Única de Resolución (JUR), que culminó con la venta del Banco Popular, a través de un proceso de subasta, a Banco Santander, por solo un euro.
La familia Del Valle, uno de los principales accionistas del Banco Popular, interpuso un arbitraje por la pérdida de su inversión tras la resolución del banco. En concreto, reclamaba 700 millones de euros y alegaba que España había incumplido sus obligaciones internacionales por las actuaciones llevadas a cabo en el proceso de resolución de Banco Popular en el año 2017, lo que se produjo tras las solicitudes masivas de retiradas de depósitos por el público y la consiguiente caída del valor de sus acciones.
La Corte Permanente de Arbitraje de La Haya, sin embargo, ha desestimado ahora todas las pretensiones y acoge los argumentos defendidos por España. Según el Gobierno, los tres árbitros han acogido de forma unánime los argumentos del Reino de España al validar la actuación de todas las instituciones vinculadas al proceso de subasta de Banco Popular y su adquisición por Banco Santander, desde la Comisión Nacional del Mercados de Valores (CNMV) hasta el Banco de España, pasando también por el FROB y el Ministerio de Economía.
Asimismo, concluye que el régimen de resolución establecido permite que la autoridad de resolución aplique soluciones fuera del procedimiento concursal para reestructurar un banco al borde de la quiebra de manera más ágil y rápida.
En línea con el Tribunal General de la Unión Europea, que en el año 2022 desestimó los recursos presentados por varios accionistas del Banco Popular que solicitaban la anulación de la decisión de la JUR considerando que la decisión había sido ajustada y se había llevado a cabo siguiendo los procedimientos adecuados, el laudo arbitral legitima la actuación realizada a nivel comunitario y nacional.
Del mismo modo, concluye que ni los inversores ni el propio banco podían asumir que éste tendría a su disposición y voluntad el sistema de provisión de liquidez de emergencia.